Si decido comprar una vivienda anunciada por una agencia, ¿estoy obligado a pagar una comisión? | Consultorio de Vivienda
Pregunta. ¿En qué supuestos existe obligación de pagar comisión por parte del comprador a la agencia inmobiliaria cuando quien contrata sus servicios es el vendedor? J. Ibáñez
Respuesta. En relación con la obligación de abonar los honorarios de la agencia inmobiliaria por parte del comprador, debe partirse del principio de libertad de pacto entre las partes. En las operaciones de compraventa inmobiliaria no existe una norma que imponga de forma general que la comisión de la agencia deba ser asumida necesariamente por el vendedor o por el comprador, ni de forma exclusiva por uno de ellos, por lo que la dependerá de los acuerdos alcanzados entre las partes.
La parte compradora estará obligada al pago de dichos honorarios cuando haya aceptado de forma clara y expresa asumir ese coste. En la práctica, es habitual que las agencias inmobiliarias incluyan esta cláusula en el parte de visitas, documento que se suele entregar al potencial comprador en la primera visita al inmueble y en el que, además de dejar constancia de que ha conocido la vivienda a través de la agencia, se puede incorporar una cláusula relativa al pago de los honorarios profesionales.
Si dicho parte de visitas contiene una cláusula clara sobre la obligación del comprador de abonar la comisión inmobiliaria, y esta ha sido firmada por la parte compradora, podrá entenderse que existe aceptación contractual suficiente para reclamar el pago de la comisión, siempre que la inmobiliaria haya intervenido efectivamente en la operación y la compraventa llegue finalmente a formalizarse.
Por lo tanto, en el caso que se expone habrá que revisar el documento firmado por el comprador, ya sea el parte de visitas, el documento de entrega de señal o el contrato de arras que habitualmente se suscribe antes de la compraventa. Si en cualquiera de dichos documentos consta expresamente la aceptación del pago de honorarios a favor de la inmobiliaria, sí podrá exigirse el abono de la comisión a la parte compradora. La ley únicamente establece la obligación de pago de los gastos de gestión inmobiliaria al propietario en los supuestos de arrendamiento de vivienda habitual, pero no en las operaciones de compraventa.
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