Uber logra paralizar las sanciones de IVA en España mientras litiga por 1.600 millones en Reino Unido | Empresas

Uber mantiene una batalla contra las agencias de recaudación de impuestos de varios de los países en los que opera. En España, la guerra de la plataforma de vehículos de turismo con conductor (VTC) con los taxis fue mítica entre 2014 y 2019. Los insultos entre los trabajadores de ambos bandos llegaron a las televisiones, con huelgas, cortes de tráfico y graves altercados incluidos. Ahora, la guerra de la compañía con sede en San Francisco (Estados Unidos) se centra en el impuesto sobre el valor añadido (IVA) y es más discreta. Se produce a golpe de requerimientos, autos, sentencias y recursos judiciales. Solo en Reino Unido mantiene un litigio por 1.400 millones de libras (1.600 millones de euros). En España, la disputa también está en los tribunales y, de momento, la Audiencia Nacional ha paralizado las sanciones que le ha impuesto la Agencia Tributaria.

La discusión de fondo es sobre quién vende el viaje en el vehículo. Uber ha mantenido durante años que solo era un intermediario que ponía en contacto a conductores independientes con pasajeros, de modo que el IVA solo debía recaer sobre su comisión. En Reino Unido, el resto de la carrera quedaba sin gravar, al ser prestada por conductores que en su mayoría no llegaban a un determinado umbral de facturación. Pero los tribunales británicos la obligaron a reconocer que era ella la que prestaba todo el servicio, y aquí se produjo un giro en los argumentos. Uber invocó entonces una regulación para agencias de viajes que le permitía seguir tributando exclusivamente por el margen.

La empresa que dirige Dara Khosrowshahi pagó al equivalente británico de la Agencia Tributaria española (AEAT) unos 1.400 millones de libras por el IVA de 2022 a 2024 para tener derecho a recurrir contra ella —en Reino Unido, se impone ese criterio—, pero incluye esa cuantía como derecho de cobro en su balance al estar convencida de que los recuperará.

El pasado 12 de junio, una resolución en Reino Unido de un caso gemelo correspondiente a su rival Bolt puso en jaque la recuperación de ese dinero. Con todo, sus cuentas presentadas a inicios de agosto ante el supervisor estadounidense de los mercados, la SEC, consideran que ganará. “Los pagos realizados entre 2023 y 2025 figuran registrados como un derecho de cobro dentro de otros activos en nuestro balance consolidado resumido, ya que consideramos que nuestro recurso prosperará y que, en tal caso, se nos devolverá la totalidad de lo abonado con sus intereses una vez concluido el procedimiento de recurso”, reitera la empresa. Uber reconoce, en todo caso, la inspección por parte de diversas autoridades fiscales nacionales y extranjeras en materia de impuestos indirectos, y que las disputas versan sobre si es legítimo que se le exija el pago. Uber no ha respondido a la solicitud de aclaraciones de este periódico.

En España, Uber también mantiene el pulso con la Agencia Tributaria por el IVA, sobre sociedades y sobre la renta de no residentes de varios ejercicios fiscales. Según consta en las cuentas del ejercicio 2024 (las últimas disponibles) de Uber Systems Spain, la filial española de la plataforma de vehículos con conductor, la Agencia Tributaria notificó a la compañía, en junio de 2020, la apertura de una inspección por estos tres tributos en relación a los ejercicios 2016 a 2018. En paralelo, y a fecha de la formulación de estos estados financieros, Uber daba cuenta de que había solicitado la devolución de 356.566 euros de la cuota del IVA de 2016 (103.723 euros) y 2017 (252.843 euros) que, a su juicio, fue tributado de más.

Ahora, años después, la batalla se libra en los tribunales. Según consta en un auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con fecha del pasado 23 de julio, consultado por CincoDías, Uber recurrió la reclamación efectuada por Hacienda en 2022 por el IVA de los ejercicios mencionados, cuya cuantía definitiva no ha trascendido, así como por las sanciones derivadas de la misma, que superan el millón de euros. En concreto, por los periodos comprendidos entre el segundo trimestre de 2016 y el cuarto trimestre de 2017 y periodos mensuales de 2018, según indica la resolución judicial.

Mientras los magistrados estudian las discrepancias de criterio expuestas por Uber en su recurso, la compañía ha solicitado la medida cautelar de suspender la ejecución de las sanciones tributarias por el importe de 291.786,87 euros por la cuota dejada de ingresar en 2016 y 2017, y de 1.059.471,21 euros por el IVA de 2018. En total, 1.351.258,08 euros.

Para ello, Uber ha aportado un aval bancario para garantizar que, en caso de que la futura sentencia desestime su recurso, Hacienda cobre la deuda y las sanciones correspondientes, lo que ha sido aceptado por el tribunal. “Dado el elevado importe de los acuerdos sancionadores, unido al ofrecimiento de garantía suficiente por parte de la mercantil recurrente y la ausencia de oposición de la Abogacía del Estado en el caso de prestarse caución, procede acordar la suspensión cautelar”, concluye la Audiencia Nacional.

El Ministerio de Hacienda, a finales del año pasado, trató de consolidar la regulación para que quede meridianamente claro que empresas como Uber o Airbnb actúan como si fueran el proveedor del servicio a efectos del impuesto sobre el valor añadido. Es decir, ya no podrán aducir que ponen en contacto a viajeros y anfitriones o conductores, sino que tendrán que cobrar el impuesto e ingresarlo directamente en Hacienda. El cambio normativo se ha iniciado con una consulta pública de un anteproyecto con el que España pretende resolver un problema que lleva años generando tensiones. Muchos particulares que ofrecían pisos turísticos o servicios de transporte quedaban en una zona gris, con obligaciones fiscales difíciles de supervisar y una competencia desigual con hoteles y taxis, que sí deben aplicar el IVA desde el primer momento. Así lo ilustra la disputa española de Uber.

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