El Gobierno limitará a tres el máximo de contratos formativos en centros de trabajo de hasta diez empleados | Economía

La reforma laboral, que pactaron el Gobierno, CEOE, Cepyme, UGT y CC OO en 2021, introdujo cambios de calado en el contrato formativo: redujo la tipología del mismo de tres a dos, los limitaba a personas de hasta 30 años y redefinía los topes máximos de la jornada laboral, entre otras modificaciones. Todo ello quedó reflejado en el Estatuto de los Trabajadores, pero hubo algunos detalles que quedaron abiertos y que se dejaron al albur de un futuro desarrollo reglamentario. Cuatro años después, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado que el Consejo de Ministros de este martes aprobará esos cambios mediante un real decreto.

Entre las principales novedades destaca el límite en el número máximo de contratos formativos que se pueden suscribir en un centro de trabajo en función de su tamaño. En las compañías de hasta diez empleados el tope será de tres contratos de este tipo (sin contar a los que están en contrato formativo, osea que serían como mucho 13 contando a los que tienen ese tipo de contrato) y en ninguna podrá superar la treintena.

“Mañana vamos a aprobar en el Consejo de Ministros otra de las disposiciones a las que nos mandataba la reforma laboral, que es justamente el desarrollo reglamentario del artículo 11 de los contratos formativos, previsto ahora ya sí en el Estatuto de los Trabajadores”, ha dicho este lunes Díaz en un acto en Madrid. “Con este nuevo real decreto vamos a garantizar contratos formativos que dispongan efectivamente de derechos laborales plenos, en relación a la retribución, al salario mínimo y a la jornada laboral”, ha añadido. Al tratarse de un desarrollo reglamentario, el mismo no exige convalidación parlamentaria, así que no se enfrenta a un posible fracaso como el que descarriló la reducción de jornada.

Según establece el texto que pasó por audiencia e información pública en 2023, los centros de trabajo de hasta diez personas podrán contar con tres contratos formativos. La referencia en el texto a “centro de trabajo” y no a “empresa” busca que este límite no quede diluido en compañías con varias plantillas diseminadas. Además, cabe destacar que los empleados mediante contrato formativo no cuentan en este cálculo como parte de la plantilla, así que en ese primer escenario además de los diez contratados podría haber tres empleados mediante un contrato formativo.

En los centro de trabajo de 11 a 31 empleados, el límite queda en siete contratos formativos; de 31 a 50 trabajadores, en una decena de contratos; y con más de medio centenar de trabajadores, en un 20% del total de la plantilla con un máximo de 30 contratos. A la vez, el texto precisa que las personas con discapacidad contratadas mediante contratos formativos “no serán computadas a efectos del número máximo”.

“Cada persona con un contrato a tiempo parcial o de duración determinada computará como una persona trabajadora más”, dice el decreto que plantea Trabajo, que a la vez precisa que estos límites podrán ser modificados o sustituidos por porcentajes mediante convenios colectivos sectoriales. Estos topes máximos son una novedad que no contempla el decreto en vigor que regula los contratos formativos, una norma que data de 1998. Díaz ha apostado por una “cercanía” entre el desarrollo de la formación y el tejido productivo del territorio, para lograr una “mayor acierto” en la empleabilidad.

La vicepresidenta segunda ha hecho este anuncio este lunes en Madrid, en un acto por el 40 aniversario de las Escuelas Taller. “En estos 40 años de práctica profesional de las Escuelas Taller hemos desarrollado más de 30.000 proyectos de formación en alternancia con el empleo y han beneficiado a más de un 1,2 millones de personas. Las cifras se dicen y son frías, pero son muy importantes”, ha reivindicado Díaz.

[Noticia en elaboración. Habrá ampliación en breve].

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